Cumplimiento de los controles y las sanciones comerciales

Tomamos las decisiones oportunas a la hora de enviar nuestros productos a nivel mundial, lo que significa que respetamos y seguimos las normativas aduaneras y comerciales que se aplican a nuestros productos y a cualquier propiedad intelectual (PI) intercambiada con terceros.

Nos implicamos y marcamos la diferencia a nivel mundial. Nos comprometemos a presentar nuestros productos en todo el mundo y a servir a nuestros clientes en todas partes. Con todo, cuando llevamos a cabo nuestras actividades comerciales a nivel internacional, tenemos en cuenta las leyes y normativas que rigen el comercio internacional. Para transferir nuestros productos al extranjero, debemos asegurarnos de haber obtenido todas las aprobaciones gubernamentales pertinentes. De lo contrario, podrían perderse los privilegios de exportación o importación, además de imponerse sanciones civiles o penales. Esto incluye la correcta comunicación del código HTS (arancel de aduanas armonizado), el país de origen y el valor.

Además de verificar la elegibilidad tanto de la ubicación como del destinatario de cualquier artículo, también debemos asegurar el debido cumplimiento de cualquier licencia o autorización de importación necesaria, como las de la FDA u otras organizaciones mundiales de la salud, para nuestros productos médicos. También debemos conocer los permisos o licencias necesarios para importar o exportar nuestros productos en cada país.

Bio-Rad no realiza negocios con países sometidos a embargo por el Gobierno de EE. UU. y estamos limitados en el tipo de negocios que podemos realizar en países sancionados o con personas sancionadas. No participamos en ninguna transacción ni negociación con países o personas sancionadas. Los embargos y las sanciones pueden ser cuestiones complejas y los países afectados pueden cambiar, por lo que debes consultar con el departamento jurídico para obtener una lista actualizada de los países en los que debemos evitar hacer negocios.

No podemos cooperar con ningún boicot a una persona o un país en particular, como el boicot de la Liga Árabe a Israel, que no haya sido aprobado por el Gobierno de EE. UU. La ley nos obliga a informar de cualquier solicitud de participación en boicots no sancionados. Si tienes alguna pregunta sobre boicots, ponte en contacto con el departamento de cumplimiento normativo.

Expectativas


  • Nos aseguramos de conocer todas las leyes y normativas de importación, exportación, sanción y antiboicot que se aplican a nuestro papel en Bio-Rad.
  • Dado que este ámbito de la legislación puede ser complicado y modificable, nos ponemos en contacto con el departamento de cumplimiento comercial inmediatamente si tenemos alguna pregunta o duda.
  • Ponte en contacto con el departamento de cumplimiento comercial de Bio-Rad si una agencia aduanera se pone en contacto contigo.

Términos clave

    Traer bienes o servicios a un país desde el extranjero para venderlos.

      Sistema SAP utilizado por Bio-Rad para gestionar y controlar las importaciones y exportaciones.

        Productos o PI (como información técnica o datos) que se transfieren de un país a otro o que se proporcionan a un ciudadano o representante de otro país, sin importar dónde se encuentre esa persona.

          Un código aduanero estadounidense de 6-10 dígitos, necesario para las operaciones de exportación o importación. El código HTS determina el arancel aplicable y los requisitos de importación.

            Una prohibición oficial del Gobierno sobre alguna actividad comercial, posiblemente limitada a ciertos sectores (como el armamentístico) o con ciertas excepciones permitidas.

              Puede que no sea el país en el que se compra el artículo; el país de origen de un artículo es el país en el que se fabricó el producto; esto no incluye la preparación de kits, el montaje simple o el embalaje.

                Una prohibición oficial del Gobierno sobre todo comercio con un país determinado.

                  Un impuesto o pago recaudado por una entidad gubernamental sobre la importación, exportación, fabricación o venta de bienes.

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                  P+F

                  R: Sí, esto infringiría nuestra política de exportación y, muy probablemente, supondría también una infracción de la ley o las normativas de exportación. No infringimos las normas de exportación bajo ninguna circunstancia; hacerlo podría exponer a Bio-Rad y sus empleados a graves sanciones civiles y penales.

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